Equatorial Guinea - Startup de menos de 3 años

Reglamento del concurso: Startupper del Año de TotalEnergies

Artículo 1: Organizador


«Startupper del Año de TotalEnergies» Marketing Guinea Ecuatorial - edición 2024 es un concurso organizado por TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial Sociedad Anonima con un capital de 1.072.000.000 F. Cfas registrada con el número RC 1072, NIF 01960TG-21  y con sede central en Malabo II, Malabo, Republica de Guinea Ecuatorial (en adelante, el «Organizador»). 

La Compañía TotalEnergies es un conjunto compuesto por TotalEnergies Marketing  Guinea Ecuatorial y por toda persona jurídica: 

  • que tenga o tuviera en su haber, directa o indirectamente, más del cincuenta por ciento (50 %) de los títulos que confieren inmediatamente el derecho a voto en las asambleas ordinarias de TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial;
  • de la que más del cincuenta por ciento (50 %) de los títulos que confieren inmediatamente el derecho a voto en las asambleas ordinarias está o estuviera en el haber, directa o indirectamente, de TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial o de una entidad vinculada conforme a lo estipulado en el punto anterior.

Artículo 2: El Concurso

« Startupper del Año de TotalEnergies» Marketing Guinea Ecuatorial - edición 2024 es un concurso nacional que tiene por objeto identificar, recompensar y acompañar a los mejores proyectos de creación de empresa o los mejores desarrollos de empresas innovadoras de menos de tres (3) años (en adelante, el «Reto»). El objetivo de este concurso es acompañar a aquellos proyectos que promuevan el desarrollo de iniciativas locales en materia de desarrollo económico, social y sostenible en la Republica de Guinea Ecuatorial. 

Este Reto no deja margen para la casualidad respecto a la designación de finalistas y ganadores. El Reglamento establece las normas aplicables al Reto (en adelante, el «Reglamento»). El Organizador se reserva el derecho de modificar este Reglamento y sus modalidades derivadas de él en cualquier momento y sin preaviso. 

Artículo 3: Criterios de idoneidad y de participación en el Reto 

3.1 Criterios de idoneidad del candidato

El Reto queda abierto de manera gratuita a cualquier persona que responda a los siguientes criterios acumulativos: 

  • Cualquier persona física que tenga entre dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años como máximo el primer día de presentación de candidaturas; 
  • Que tenga un proyecto de creación de empresa o que dirija una empresa fundada hace menos de tres (3) años; 
  • Residir en el país en el que se presenta la solicitud. 

Cualquier persona que responda a los criterios anteriores y que haya llevado a cabo su inscripción en el sitio web (Artículo 4) podrá ser candidato al Reto (en adelante, el «candidato»). 

En cambio, este Reto no está abierto a: 

  • los colaboradores de la Compañía TotalEnergies; 
  • aquellas personas que tengan un familiar cercano que trabaje en la Compañía TotalEnergies o que forme parte del Jurado (5.2) o que sea Embajador del Reto. 

El término «cercano» hace referencia a cualquier familiar de un trabajador de TotalEnergies, incluyendo su cónyuge o pareja, un progenitor, hijos/as, hermanos/as, sobrinos/as, tíos/as, abuelos/as, nietos/as, el cónyuge o pareja de un familiar o toda persona con la que existan vínculos familiares, de parentesco, de alianza o amistad que puedan afectar a la objetividad de una decisión profesional. 

En el caso de que el candidato conociese a un miembro del Jurado, ambos firmarán una declaración sobre el honor de confidencialidad y no connivencia.  

  • los tres (3) ganadores nacionales de cada país de las tres (3) ediciones anteriores del Reto «Startupper del Año de TotalEnergies». Sin embargo, otros candidatos que ya hubieran concursado en ediciones anteriores del Reto «Startupper del Año de TotalEnergies» en Guinea Ecuatorial y que no fueron ganadores podrán participar de nuevo en el Reto.

El Organizador considerará nulas y sin valor todas las candidaturas que se encuadren en estas categorías de exclusión. Se reserva el derecho de solicitar documentos justificativos en caso necesario.

3.2 Criterios de idoneidad del Proyecto

Para considerarse idóneo, el Proyecto (en adelante, el «Proyecto») deberá cumplir cualquiera de los dos requisitos siguientes:

  • O: debe ser un proyecto de creación de empresa para establecerse en Guinea Ecuatorial y ponerse en marcha en el plazo de seis (6) meses desde la designación del o de los ganadores. Este plazo podrá ampliarse a discreción del Organizador según las problemáticas presentes en el país en cuestión; 
  • O: debe tratarse de una empresa fundada hace menos de tres (3) años en Guinea Ecuatorial. La fecha de creación se refiere a la fecha de registro de la empresa.  

3.3 Compromiso del candidato 

El candidato se compromete a presentar todos los justificantes requeridos y a aceptar expresamente y sin reservas la integridad de las cláusulas del presente Reglamento, así como a respetar la legislación, normativas y obligaciones legales del país en el que se presente el expediente y que sean de aplicación al Reto.

Este Reto se celebrará de manera simultánea e independiente en varios países. 

Un Candidato sólo podrá competir en un Desafío y sólo podrá proponer un Proyecto. En caso de que un Candidato participe simultáneamente en varios Desafíos o proponga varios Proyectos, el Organizador se reserva el derecho de considerar nula la solicitud y cancelar la participación del Candidato en todos los Desafíos en los que haya participado. 

El Organizador del Desafío se reserva el derecho de llevar a cabo todas las comprobaciones necesarias para asegurarse de que la candidatura cumple los criterios de elegibilidad. Cualquier inscripción basada en información errónea, inexacta, incompleta o fraudulenta no será tenida en cuenta y dará lugar automáticamente a la anulación de la inscripción, sin que sea posible compensación o recurso alguno por parte de la persona que presenta la inscripción.

Artículo 4: Presentación de candidaturas

4.1 Plazo de presentación de candidaturas

El plazo de presentación de expedientes de candidatura empieza el 30 de abril de 2024 a las 09.00 GMT y se termina el 18 de junio de 2024 a las 11h59 de la tarde GMT. Toda candidatura presentada tras la fecha y hora límites se considerará nula y no se tomará en consideración.

Esta presentación se realizará a través de una plataforma en línea en la dirección https://startupper.totalenergies.com (en adelante, el «Sitio»). En aquellos países en los que el acceso a Internet se considere limitado, TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial se reserva el derecho de facilitar ordenadores de acceso libre sin que ello se considere una ventaja para sus usuarios. Estos expedientes se presentarán del mismo modo a través del Sitio para después seguir el mismo proceso de selección que el resto de los expedientes.

Se recuerda que la participación en el Reto mediante la presentación de un expediente supone la aceptación del presente Reglamento en su integridad y sin reservas.

4.2 Inscripción del candidato y constitución del expediente 

Es obligatorio inscribirse en el Sitio para poder presentar el expediente. 

Al inscribirse, el candidato indicará su nombre, apellido y dirección de correo electrónico. Igualmente, aceptará las Condiciones generales de uso del Sitio y la Política de datos personales de TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial. Estas acciones permitirán crear automáticamente su cuenta, de lo que recibirá una notificación por correo electrónico. 

El candidato podrá darse de baja en cualquier momento del Sitio del Reto en la sección «Configuración» de su cuenta. Recibirá un correo electrónico por el que se confirmará la cancelación de la cuenta. El candidato también podrá eliminar su expediente de participación, si así lo desea, en la sección «Participación» de su perfil. Para ello deberá clicar en el botón «Eliminar mi participación». En esta sección aparecerá entonces un mensaje de confirmación de la eliminación del expediente. El candidato no recibirá ningún correo electrónico de confirmación de esta acción.

Para cumplimentar su solicitud, los candidatos deben responder a un cuestionario ponderado y facilitar la información y los documentos solicitados, incluidos un justificante de domicilio, DIP y número de teléfono móvil. Para que el expediente pueda tomarse en cuenta, se deberán rellenar todos los campos que aparezcan como obligatorios. Si el candidato no dispusiera de todos los elementos necesarios para abrir el expediente, podrá completarlo o modificarlo más tarde volviendo a conectarse a su perfil «Participación» en cualquier momento hasta la fecha límite de presentación de candidaturas. 

Se informará al candidato de las fases del Reto por correo electrónico. 

Artículo 5: Desarrollo del Reto

5.1 Fase 1: Moderación de los expedientes 

Una vez presentado el expediente del Candidato de conformidad con el Artículo 4 anterior, una fase de moderación precede a la publicación de un breve resumen de los expedientes de los Candidatos en el Sitio. Durante esta fase, el Organizador se reserva el derecho de excluir del procedimiento de selección cualquier candidatura incompleta o incompatible con el Reglamento y el Código Ético de TotalEnergies (https ://www.totalenergies.com/fr/groupe/ethique/notre-engagement-pour-une-conduite-exemplaire). 

Esta moderación también se basará en los criterios de participación en el desafío establecidos en estas normas. 

5.2 Selección de expedientes

5.2.1 Criterios de selección de expedientes

Cada expediente se evaluará en función de estos cuatro (4) criterios:

  • Desarrollo sostenible

El desarrollo sostenible es un desarrollo que responde a las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras a responder a las suyas.

El proyecto podrá hacer referencia en particular a uno o varios de los diecisiete (17) Objetivos de Desarrollo Sostenible ratificados por las Naciones Unidas el 2 de agosto de 2015. El candidato explicará cómo su proyecto contribuye a alcanzar uno o varios de estos objetivos.


  • Carácter innovador

Carácter innovador, es decir, aportar soluciones nuevas y/o tecnológicas (pero no sólo) a las dificultades encontradas en el país. La innovación no es necesariamente sinónimo de revolución; puede ser incremental, es decir, mejorar lo que ya existe, o radical, es decir, transformar radicalmente. La innovación también puede referirse a la forma de actuar de la start-up o futura start-up, es decir, la gobernanza propuesta, las nuevas formas de organización, etc.


  • Viabilidad y potencial de desarrollo

El Reto busca acompañar a todas las estructuras del proyecto, ya sea de creación de empresa o de startup de menos de tres (3) años. Es importante para el Organizador que el proyecto de creación de empresa o el startup de menos de tres (3) años puedan desarrollarse. En un proyecto de creación de empresa, una descripción clara de las primeras acciones que se harán permitirá evaluar la viabilidad de esta idea y definir el «producto viable mínimo». En el caso de un startup de menos de tres (3) años, lo que se analizará es el potencial de desarrollo, la capacidad del startup de entrar en fase de crecimiento. 


  • El principio de igualdad entre hombres y mujeres

El Reto prestará especial atención al principio de igualdad entre hombres y mujeres a la hora de juzgar las candidaturas. La importancia de este principio se estudiará a través del papel de la start-up o del proyecto, en la finalidad de su actividad o en la forma en que se organiza para contribuir a la igualdad entre hombres y mujeres y a la capacitación de las mujeres.

5.2.2 Fase 2: Votación pública 

5.2.2.1 Las candidaturas completadas que se ajusten a los criterios de admisibilidad serán accesibles públicamente en el Sitio y se someterán a votación pública ("Share for Likes").  Cada Proyecto deberá incluir en su página una breve descripción completada por el Solicitante en el idioma de la solicitud.

5.2.2.2: A fin de que el público pueda votar: 

- El Organizador enviará al Candidato por correo electrónico un mensaje con un enlace a la descripción de su Proyecto en el módulo "Share for Likes" del sitio web del Reto de Marketing de TotalEnergies Guinea Ecuatorial (el "Enlace"). El Candidato podrá, si lo desea, promocionar este post en sus redes sociales.

- Los seguidores del Candidato (es decir, los usuarios suscritos a la(s) fuente(s) de noticias de la(s) cuenta(s) social(es) del Candidato - Facebook, Twitter, LinkedIn, Instagram, Tik Tok, etc.) o cualquier otra persona que desee apoyar al Candidato deberán, para votar, hacer clic en el Enlace que lleva a la descripción del Proyecto en el módulo "Share for Likes" del Sitio web del Desafío de Marketing de TotalEnergies Guinea Ecuatorial y hacer clic en el icono "Me gusta" para votar por el Proyecto. 

- Antes de poder apoyar el Proyecto en cuestión, las personas que deseen votar deberán registrarse en el Sitio introduciendo su apellido, nombre y dirección de correo electrónico y aceptar las Condiciones Generales de Uso del Sitio y de protección de datos personales de TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial. A un seguidor o visitante no le pueden gustar más de tres (3) Proyectos.

El Candidato podrá promocionar su Proyecto como considere oportuno, con el fin de maximizar sus posibilidades de "Me gusta" en el módulo del Desafío en Guinea Ecuatorial. No obstante, el Organizador no se hace responsable de la forma en que el Candidato viralice su Proyecto. Además, si el Candidato consiguiera que sus seguidores o internautas dieran "Me gusta" a sus propias publicaciones internas en sus redes sociales, y no en el módulo "Share for Likes" del Sitio, el Organizador no estaría en condiciones de añadir estos "Me gusta" a la puntuación global, ni de explicar su origen, por lo que no tendrían ningún valor en el recuento de "Share for Likes" ni en la puntuación global. Sólo se tendrán en cuenta los votos emitidos en el Enlace al Proyecto del Participante.

5.2.2.3: La votación pública "Share for Likes" tendrá una duración de dos (2) semanas, es decir, catorce (14) días naturales a partir de la fecha de publicación del Proyecto, el 10 de julio de 2024. La puntuación obtenida permitirá al Organizador evaluar el interés del Proyecto para el público. Contará para la valoración global de las candidaturas.

5.2.2.4:  Al final del periodo mencionado en el artículo 5.2.4, el número de Likes por Proyecto en el módulo "Share for Likes" del Sitio se convertirá en una puntuación. A continuación, las candidaturas recibirán una puntuación global que tendrá en cuenta la puntuación "Share for Likes", el cumplimiento de los criterios de admisibilidad y una primera evaluación de los criterios enumerados en el artículo 5.2.1 anterior. 

Esta primera fase permitirá seleccionar las cien (100) mejores candidaturas del país. 

Tras esta primera fase de selección, se informará a los Candidatos por correo electrónico de si han sido seleccionados o no.

5.2.3 Fase 3: Selección de los 15 mejores

5.2.3.1 Durante esta fase, el Organizador hará revisar cada uno de los cien (100) mejores proyectos por profesionales del mundo empresarial y miembros de la organización interna del Reto. Estas candidaturas incluirán tanto proyectos de creación de empresas como proyectos de puesta en marcha con menos de tres (3) años de antigüedad. 

Si se presentan menos de cien (100) candidaturas durante el periodo de presentación de candidaturas, se tendrán en cuenta todas las candidaturas presentadas. 

5.2.3.2 Esta segunda fase permitirá seleccionar las quince (15) mejores candidaturas del país, que constituirán las finalistas del Reto. El jurado seleccionará las 15 mejores en función del cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 5.2.1. La lista de los 15 finalistas se enviará a cada uno de ellos individualmente por correo electrónico. Esta lista de finalistas también estará disponible en la Página Web una vez finalizada la segunda fase de selección. 

5.2.3.3. Tras la publicación de los resultados, los 15 Candidatos seleccionados dispondrán de un plazo de siete (7) días naturales para confirmar formalmente al Organizador que desean continuar en el Desafío. En caso de no hacerlo, el Organizador se reserva el derecho de descalificar al Candidato en cuestión y nombrar a un nuevo finalista. 

5.2.4 Fase 4: Selección de los ganadores a nivel local

5.2.4.1 Tras la confirmación del mantenimiento de su candidatura, el Organizador enviará un calendario a los 15 finalistas por correo electrónico. Este calendario indicará las fechas de las dos (2) reuniones siguientes:

  • La reunión de coaching/preparación para la presentación ante el jurado de la fase final; y

  • La presentación ante el jurado de la fase final.

La reunión de coaching y la presentación oral tendrán lugar al menos siete (7) días naturales después del anuncio de los resultados de la preselección. 

5.2.4.2 Durante la presentación, los miembros de los 15 finalistas serán invitados a realizar una presentación oral de su proyecto ante un jurado local. Cada miembro del Top 15 deberá realizar una presentación de diez (10) minutos ante el jurado, en particular, utilizando una presentación basada en el modelo definido por el Organizador, que podrá completarse con otros medios, cuya lista se comunicará a los finalistas. Esta presentación irá seguida de una sesión de preguntas y respuestas de una duración máxima de diez (10) minutos. El jurado se reserva el derecho de seleccionar en última instancia únicamente las candidaturas que considere merecedoras, basándose en los criterios de selección definidos en el punto 5.2.1. 

5.2.4.3 Durante esta fase, el jurado local seleccionará:

  • Un ganador del premio "Mejor Emprendedor" en la categoría Innov'Up;
  • Un ganador del premio "Economía Circular" en la categoría Cycle'Up;
  • Un ganador y un finalista del premio "Energía sostenible y asequible" en la categoría Power'Up.

5.2.4.4 Al final de esta fase, los proyectos de los ganadores clasificados en primer lugar en cada país participante en la categoría "Energía sostenible y asequible" serán examinados por un jurado panafricano. Este jurado panafricano seleccionará a cuatro (4) ganadores, que serán designados "Ganadores del Gran Premio Panafricano" de los Premios a la Energía Sostenible y Asequible.

En cada uno de los cuatro países de los "Ganadores del Gran Premio Panafricano", el Participante que haya quedado en segundo lugar en el Premio "Energía sostenible y asequible", es decir, el finalista, será designado ganador del Premio "Energía sostenible y asequible" en su país.

Los ganadores del Premio "Energía sostenible y asequible" que no hayan sido designados "Ganadores del Gran Premio Panafricano" seguirán siendo ganadores del Premio "Energía sostenible y asequible" en su país.

5.2.4.5 Así pues, se designará un total de cien (100) ganadores: tres (3) ganadores en cada uno de los 32 países participantes y cuatro (4) Ganadores del Gran Premio Panafricano de "Energía sostenible y asequible".

5.2.4.6 La elección del jurado es soberana y no podrá ser impugnada en modo alguno.

5.2.5 Los tres (3) premios 

5.2.5.1 El premio al "Mejor Emprendedor" en la categoría "Innov'Up”

Este premio está abierto a todos los Candidatos que hayan presentado un proyecto empresarial o una start-up con menos de tres (3) años de antigüedad. El jurado otorgará el premio a la persona que considere mejor emprendedor. Prestará especial atención a la trayectoria de los candidatos (valores, compromiso con el proyecto, resiliencia, etc.). 

Para su elección, el jurado se basará en los criterios descritos en el punto 5.2.1.

5.2.5.2 Premio "Economía circular" en la categoría "Cycle'Up”

Este premio está abierto a todos los Candidatos que hayan presentado un proyecto empresarial o a una start-up de menos de tres (3) años. El jurado premiará a aquellos que considere que tienen un Proyecto que respeta el principio de la economía circular. Es decir, Proyectos que tengan como objetivo producir bienes y servicios de manera sostenible, limitando el consumo y el despilfarro de recursos y la producción de residuos. El objetivo es pasar de una economía lineal (extraer, fabricar, consumir, tirar) a un modelo económico circular (reducir, reutilizar, reciclar, etc.). Los flujos circulares pueden ser materiales obtenidos a partir de residuos (ciclo "técnico") o materiales de origen biológico (ciclo "biológico" o del "carbono"). 

El jurado utilizará los criterios descritos en el punto 5.2.1 para realizar su elección. 

5.2.5.3 Premio "Energía sostenible y asequible" en la categoría "Power'Up” 

Este premio está abierto a todos los Candidatos que hayan presentado un proyecto empresarial o a una start-up de menos de tres (3) años de antigüedad. El jurado premiará a aquellos cuyo proyecto tenga como objetivo promover, crear, producir o utilizar energía sostenible y asequible. 

Por Energía Sostenible, el Organizador entiende energías bajas en carbono y/o energías que sustituyan a otra energía más contaminante o que tenga un impacto sobre el medio ambiente y/o la salud de la población.

Por Energía Asequible, el Organizador entiende la energía que proporciona acceso inmediato a la energía y/o una solución que satisface las necesidades de la población en un momento dado. 

El Jurado utilizará los criterios descritos en el punto 5.2.1 para realizar su elección. 

5.3. Recompensas para los tres (3) ganadores del Desafío

5.3.1 Premio económico

5.3.1.1 Importe del premio

El Organizador otorgará los siguientes premios a cada uno de los ganadores: 

  • Para el ganador del premio "Innov'Up": una cantidad de [4 592 000 CFA]. 
  • Para el ganador del premio "Cycle'Up": una cantidad de [4 592 000 CFA]. 
  • Para el ganador del premio nacional "Power'Up": una cantidad de [4 592 000 CFA].  
  • En su caso, para el galardonado panafricano de "Energía sostenible y asequible" que se haya presentado en Guinea Ecuatorial: una cantidad de [4 592 000 CFA].  

5.3.1.2 Condiciones para el pago de la dotación económica a los premiados

Este presupuesto está destinado exclusivamente a cada premiado y se abonará de la siguiente manera:

  • Para los premiados que participen con un proyecto empresarial, el presupuesto se abonará en dos plazos, un tercio (1/3) al finalizar el apoyo personalizado descrito en el artículo 5.3.2 y los dos tercios (2/3) restantes una vez creada efectivamente la empresa, en un plazo máximo de seis (6) meses. Si finalmente no se crea la empresa, por cualquier motivo, el Organizador se reserva el derecho a no abonar el resto del premio. 
  • Para los premiados que se hayan presentado con una start-up de menos de tres (3) años de antigüedad, el presupuesto se abonará al finalizar el acompañamiento personalizado descrito en el artículo 5.3.2. 

El Organizador pondrá en marcha una campaña de comunicación con el objetivo de dar a conocer al ganador en su país. Esta comunicación podrá adoptar la forma de un anuncio en la página web de TotalEnergies Guinea Ecuatorial, o en los medios locales. El Organizador se reserva el derecho de definir el nivel de compromiso de esta comunicación y visibilidad en función de los recursos disponibles en la filial, sin que sea posible recurso alguno por parte de los ganadores. 

Los premios no podrán canjearse por otros premios, ni por su valor en metálico, ni por divisas de ningún tipo y por ningún motivo. 

La persona que presente la solicitud deberá ser el creador de la start-up con menos de 3 años de antigüedad. En el caso de una idea de proyecto, esta persona deberá ser la que desarrolle el proyecto empresarial. 

La dotación se pagará a esta persona al final de los procedimientos especificados anteriormente, con la condición también de que el Candidato, el creador de la empresa / proyecto, siga trabajando.

5.3.2 Acompañamiento personalizado 

Cada ganador recibirá acompañamiento personalizado (coaching) destinado a ayudarle a crear y/o desarrollar su empresa. El contenido y la duración de este apoyo se adaptarán en función de la fase de desarrollo del proyecto y dentro del límite de XXX [1 968 000 cfa] identificado por el jurado durante el proceso de selección. Este apoyo se implementará y completará antes del [JUNIO 2025].

5.3.3 Ausencia de premios

Para los cien (100) premiados mencionados en 5.2.4.5, el Organizador se reserva el derecho de no conceder uno de los premios si ninguna candidatura cumple los criterios de elegibilidad o si el premiado no cumple finalmente los criterios para el pago de los premios detallados en 5.3.1.2. 

Los premios no podrán canjearse en ningún caso por otros premios, por su valor en metálico o por moneda de ningún tipo y por ningún motivo.

Son personales, intransferibles y no podrán ser impugnados en modo alguno por el Candidato.

El Organizador se reserva el derecho de no abonar los premios a los Proyectos que contravengan el código de conducta de TotalEnergies: Éthique : notre engagement pour une conduite exemplaire | TotalEnergies.com

5.3.4 Comunicación del resultado final

La fase de selección final terminará a más tardar la semana del 14 de octubre de 2024. Los resultados se comunicarán en el Sitio. El Organizador se reserva el derecho de comunicarlos por cualquier medio a su disposición (prensa, sitio web, plan de medios). Los ganadores también serán notificados individualmente por correo electrónico.

TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial podrá organizar una ceremonia oficial para anunciar los resultados y entregar los premios en una fecha posterior que se especificará a los participantes. 

5.3.5 Viajes 

El Organizador se reserva el derecho de invitar a los noventa y seis (96) Ganadores Nacionales y a los cuatro (4) Grandes Ganadores Panafricanos del Premio "Energía Sostenible y Asequible" de Guinea Ecuatorial a un evento de celebración que reúna a los ganadores de los Desafíos Startupper del Año organizado en 2024, en un lugar, en una fecha y de acuerdo con los procedimientos que se especificarán posteriormente por correo electrónico a los ganadores.

Artículo 6: Datos personales

6.1 Finalidad del tratamiento de los datos personales

En el marco de la participación en el Reto, y de conformidad con la normativa aplicable, el Organizador, en su calidad de responsable, trata los datos personales del Candidato (apellidos, nombre, número de teléfono, dirección de correo electrónico, etc.) con el fin de gestionar la participación en el Reto y los expedientes de los Candidatos, así como el seguimiento del desarrollo de la trayectoria profesional de los Candidatos, sobre la base de la ejecución del presente Reglamento. El Organizador también podrá tratar los datos de los Candidatos con fines de prospección comercial y sobre la base de su consentimiento. 

Si los Candidatos rechazan el tratamiento de sus datos personales, no podrán participar en el Desafío, ya que no será posible identificarlos.

6.2 Destinatarios de los datos personales

Además de al Organizador, los datos personales facilitados por los candidatos podrán comunicarse a sus empresas asociadas. Se entiende por «empresas asociadas» a la sociedad matriz TotalEnergies Marketing Guinea Ecuatorial y cualquier persona jurídica:

  • 1/ que tenga o tuviera en su haber, directa o indirectamente, más del cincuenta por ciento (50 %) de los títulos que confieren inmediatamente el derecho a voto en las asambleas ordinarias de TotalEnergies Guinea Ecuatorial;
  • 2/ de la que más del cincuenta por ciento (50 %) de los títulos que confieren inmediatamente el derecho a voto en las asambleas ordinarias está o estuviera en el haber, directa o indirectamente, de TotalEnergies Guinea Ecuatorial o de una entidad vinculada conforme a lo estipulado en el punto anterior (1).

Los datos personales también podrán comunicarse a los jurados, socios, asesores, proveedores de servicios y subcontratistas que actúen por cuenta del Organizador y únicamente con fines de llevar a cabo su tarea en el marco del presente Reto. 

El Organizador podrá trasmitir la información personal recopilada en caso de requerimiento por parte de una autoridad judicial o de cualquier autoridad administrativa habilitada legalmente que solicite esta información de conformidad con las disposiciones legales vigentes en el país donde se haya presentado el expediente.

Para fines de análisis, los datos de carácter personal podrán transferirse a Francia, Irlanda o a cualquier país de la Unión Europea. Las transferencias internacionales de datos de carácter personal están sujetas a las normas corporativas vinculantes o Binding Corporate Rules («BCR») aprobadas por las autoridades de control europeas y de aplicación en el grupo al que pertenece el Organizador. El Organizador se compromete a respetar la normativa aplicable sobre tratamiento de datos de carácter personal a nivel local.

6.3 Seguridad y confidencialidad de los datos

El Organizador tomará las medidas adecuadas para preservar la seguridad y la confidencialidad de los datos de carácter personal, y en particular para impedir que estos se deformen, dañen o caigan en manos de terceros no autorizados.

6.4: Duración de la conservación de los datos

Los datos personales serán conservados por el Organizador durante el tiempo que sea necesario para la finalidad del tratamiento y no excederá de tres (3) años para los ganadores de este Desafío y para los Candidatos no seleccionados. Durante este periodo, el Organizador podrá, en particular, volver a ponerse en contacto con los Candidatos en el contexto de un posible nuevo desafío.

Los documentos de identidad recopilados se eliminarán cuando el Candidato sea retirado del Reto o cuando el Reto finalice para los ganadores. 

6.5 Derechos de los candidatos

Los candidatos tienen derecho de acceso, rectificación y de eliminación de sus datos. Los candidatos también pueden exigir que se restringa el tratamiento de los datos que les incumban y/o solicitar que se borren sus datos. Llegado el caso, los candidatos tendrán derecho a retirar su consentimiento para tratar dichos datos en cualquier momento. Los candidatos pueden recibir información de manera accesible sobre los datos que les incumban. El Organizador se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud considerada como abusiva o repetitiva. El candidato puede presentar una reclamación ante la autoridad de control competente sobre protección de datos personales en cualquier momento.

En el caso de que el candidato desee ejercer sus derechos o recabar información sobre el tratamiento de datos personales, deberá dirigir su solicitud a la siguiente dirección: Adpo: 647, Malabo II, Malabo, Guinea Ecuatorial. 

Artículo 7: Derecho de comunicación y derecho a la imagen

El Candidato autoriza a TotalEnergies Guinea Ecuatorial y/o a sus empresas afiliadas a utilizar, reproducir, representar y publicar toda la información e imágenes que le conciernan en el marco de las actividades de comunicación e información del Desafío, en todo tipo de soportes, en todos los países, sin poder reclamar ningún derecho ni compensación de ningún tipo durante un periodo de veinte (20) años a partir de la fecha de presentación de su expediente de candidatura.

Queda terminantemente prohibida la reproducción, representación o utilización total o parcial de los elementos por parte del Candidato (fotos, vídeos, nombres, logotipos, marcas, etc.) relativos al Desafío y a TotalEnergies sin la autorización previa del Organizador. Quedan estrictamente prohibidas la reproducción, representación o explotación en todo o en parte, por parte del candidato, sin autorización previa del Organizador, de los elementos (fotos, vídeos, nombres, logotipos, marcas, etc.) vinculados al Reto y a la Compañía TotalEnergies.

Artículo 8: Propiedad intelectual 

El Candidato certifica que es el autor del Proyecto y que posee todos los derechos correspondientes. De este modo, el Candidato certifica que su Proyecto no infringe ni infringirá los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero, y que cumple con la legislación vigente en el país en el que ha presentado su solicitud. El Candidato garantiza e indemniza al Organizador por las consecuencias de cualquier reclamación o acción legal interpuesta por un tercero como consecuencia de la infracción de los derechos de dicho tercero.

El Organizador reconoce y se compromete a no poseer ni reclamar ningún derecho de propiedad intelectual sobre los Proyectos que le presenten los Candidatos, salvo los estrictamente necesarios para la realización del Reto. Por lo tanto, se acepta que, en un primer momento, el Organizador podrá, de forma gratuita, utilizar y reproducir la totalidad o parte del Proyecto del Candidato a efectos del Desafío, desde el momento en que se haya presentado la solicitud.

Se acepta que, en una segunda fase, el Organizador pueda, de forma gratuita, de conformidad con el artículo 7, utilizar y reproducir la totalidad o parte del Proyecto del Candidato para cualquier fin de comunicación o información, en cualquier tipo de soporte, en cualquier país, durante un periodo de veinte (20) años a partir de la fecha en que se nombre a los finalistas, a menos que el finalista acepte expresamente lo contrario por escrito.

Artículo 9: Confidencialidad 

9.1 Definición

Se considerará «información confidencial», en el marco de la presente cláusula, al conjunto de informaciones tangibles o intangibles de cualquier naturaleza que el Organizador hubiera comunicado, comunique o haya de comunicar al candidato, o a las que el candidato hubiera tenido, tenga o vaya a tener acceso en el ámbito del Reto, de manera directa o indirecta, y oralmente, por escrito en cualquier soporte, por entrega de documentos en papel o en formato electrónico, entre otros. No se considerará información confidencial: 

(i) la información accesible actualmente o que se haga accesible al público más adelante sin que el candidato viole los términos del Reglamento, (ii) la información que obre legalmente en poder del candidato antes de que el Organizador la divulgue y (iii) la información recabada lícitamente de un tercero autorizado para transferir o divulgar dicha información. 

El candidato se compromete a no utilizar la información confidencial durante el desarrollo del Reto y durante un (1) año tras concluirlo para fines que no sean participar en el Reto, y a no divulgarlos a nadie por ningún medio.

9.2 Divulgación

El Organizador se compromete a no divulgar la información, en especial los documentos facilitados por el candidato en la presentación de su expediente, salvo para transmitirla a terceros que la requieran para el único fin del Reto. 

Desde el momento de la designación de los finalistas, el Organizador queda expresamente autorizado a divulgar en todo o en parte los elementos del CV y del Proyecto de los finalistas para acciones de comunicación o de información, salvo acuerdo contrario previo, expreso y por escrito del finalista.

Artículo 10: Responsabilidad

10.1 Responsabilidad del Organizador 

El Organizador no será responsable si la participación no le llega por motivo ajeno a él, sobre todo por problemas de conexión a Internet o si llega en formato ilegible o que no se pudiera tratar. Los gastos de conexión correrán exclusivamente a cargo del candidato. 

Por otra parte, el Organizador no se hace responsable de los daños, directos o indirectos, relacionados con las dotaciones o el desarrollo del Reto. Los resultados del Reto, desde la preselección hasta la final inclusive, no podrán impugnarse.

Se admite que el Organizador organizará solo, en su nombre y por su cuenta el Reto en Guinea Ecuatorial. No se hará responsable por este concepto a ninguna empresa vinculada.

El Organizador se reserva el derecho, en todo momento y sin necesidad de justificarse, de interrumpir el Reto, prolongarlo, acortarlo, modificarlo o cancelarlo sin que sobre él recaiga la responsabilidad de ello. De este modo, el Organizador no se hará responsable en caso de cambios en el calendario.

Se recomienda al candidato que consulte regularmente el Reglamento, el Sitio y el correo electrónico que indicó como dato de contacto al presentar su expediente. El candidato renuncia expresamente a cualquier reclamación o impugnación con respecto a cualquier modificación que el Organizador incluya en el Reglamento.

10.2 Aceptación del Reglamento

En aceptación del presente Reglamento al presentar su expediente, el candidato entiende los límites de Internet en términos de seguridad, y en particular el hecho de que las transmisiones de datos por Internet solo cuentan con una fiabilidad técnica relativa.

El Organizador se esforzará por proteger eficazmente los datos de cada candidato y para evitar incidentes de seguridad que, a pesar de todo, también podría darse por un tercero malicioso.

Los candidatos se comprometen a no comunicar su usuario a terceros, y reconocen que de ellos depende la conservación de sus propios archivos de manera local en sus propios soportes de almacenaje.

No se responsabilizará nunca al Organizador por este concepto.

Artículo 11: Consulta del Reglamento 

El Reglamento se puede consultar libremente en línea en https://startupper.totalenergies.com.

Artículo 12: Ética, conformidad y anticorrupción 

El Organizador recuerda su compromiso con el respeto a las normas en materia de lucha contra la corrupción, el fraude y las infracciones contra el derecho a la competencia, y espera que cada candidato, miembro del jurado, patrocinador y profesional respete este mismo compromiso.

12.1 Conflictos de intereses

Cada candidato, miembro del jurado, patrocinador y profesional se compromete a informar de cualquier conflicto de intereses potencial que pudiera surgir de su participación en el Reto, ya sea por la existencia de un vínculo familiar o profesional, con el fin de evitar dudas sobre su candidatura por parte de otros candidatos o de terceros.

12.2 Obtención de ventaja

Cada Candidato, miembro del jurado, patrocinador y profesional certifica que, en todos los asuntos relacionados con este Desafío, ni él ni, por lo que él sabe, ninguna persona que actúe en su nombre, ha hecho u ofrecido, ni hará u ofrecerá, ningún pago, regalo, promesa o cualquier otro beneficio, ya sea directamente o a través de intermediarios, para uso o beneficio de cualquier persona, sea o no un Funcionario Público (el "Beneficiario"), si el propósito de dicho pago, regalo, promesa o ventaja es o será (i) influir en un acto o decisión del Beneficiario ; (ii) inducir al Beneficiario a realizar o abstenerse de realizar un acto incumpliendo sus obligaciones legales; (iii) obtener una ventaja indebida; o (iv) inducir al Beneficiario a utilizar su influencia con el fin de obtener un acto o influir en una decisión de un servicio público, de cualquier autoridad pública o de una empresa pública. 

Artículo 13: Respeto a las sanciones económicas internacionales

El presente Reglamento será aplicado por las Partes de conformidad con las leyes y reglamentos relativos a sanciones económicas y controles a la exportación aplicables a las Partes.

Ninguna de las partes estará obligada a cumplir sus obligaciones en virtud del Reglamento si dicho cumplimiento infringe o puede infringir o ser contrario a, o exponer a dicha parte (en lo sucesivo, la "Parte Afectada") a una condena en virtud de las leyes y reglamentos relativos a sanciones económicas y controles a la exportación aplicables a las partes. En tal caso, la Parte Afectada deberá notificar por escrito a la otra parte, lo antes posible, su imposibilidad de aplicar las Normas.

Tan pronto como se haya realizado dicha notificación, la Parte Afectada podrá entonces (i) suspender el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Reglamento Afectado hasta que esté en condiciones de cumplir legalmente sus obligaciones o (ii) resolver el Reglamento cuando la Parte Afectada no pueda cumplir legalmente sus obligaciones, sin que la otra parte pueda acogerse a los derechos de indemnización previstos en este Reglamento. 

Artículo 14: Idiomas del Reto 

El expediente del candidato, incluidos los documentos adjuntos, se presentará en idioma español para Guinea Ecuatorial. 

La sesión de defensa ante el jurado se llevará a cabo en idioma español.

Si el candidato no respetara el idioma, ello supondrá su descalificación del Reto.

Artículo 15: Acuerdo de pruebas

La prueba de cualquier acto -en particular la aceptación del presente Reglamento por parte del candidato-, hecho u omisión podrá aportarse mediante programas, datos, archivos, grabaciones, operaciones y otros elementos de naturaleza, formato o soporte informático o electrónico creados, recibidos o conservados directa o indirectamente por el Organizador, en particular en sus sistemas de información. El candidato no impugna la aceptación, validez o fuerza probatoria de los elementos de naturaleza, formato o soporte informático o electrónico indicados anteriormente según disposiciones legales. De este modo, estos elementos se considerarán constitutivos de prueba, y de presentarse como medio de prueba en cualquier procedimiento contencioso o de otra naturaleza, serán admisibles, válidos y oponibles entre las partes de igual manera, en las mismas condiciones y con la misma fuerza probatoria que cualquier documento creado, recibido o conservado por escrito.

Artículo 16: Reclamaciones

Cualquier reclamación relativa a la aplicación del presente Reglamento o a su interpretación deberá enviarse por correo electrónico a [agustin.felipebakaleeniayeto@totalenergies.com.

                                                              onya.lunkundula@external.totalenergies.com

                                                              bartolome.pena@totalenergies.com

                                                              isabel.masoko@totalenergies.com


No obstante, el Organizador se reserva el derecho de no tramitar las reclamaciones que considere irrelevantes.

Artículo 17: Independencia 

La inscripción y la participación en el Reto no supone en ningún caso la creación de un vínculo laboral entre el Organizador y el candidato.

Artículo 18: Nulidad

La nulidad de uno o varios artículos del presente Reglamento, sin importar el motivo, no afectará a la validez del resto de las cláusulas.

Artículo 19: Fuero, litigios

Únicamente la versión española del presente Reglamento da fe y prevalece sobre el resto de las versiones traducidas.

El presente Reglamento queda sometido exclusivamente al Derecho Ecuatoguineano, excluyendo los principios de conflictos de leyes. 

Si fracasa un acuerdo amistoso, todo litigio derivado del Reglamento o del Reto se someterá a los tribunales competentes de Malabo, Guinea Ecuatorial, considerando su naturaleza.